
En concreto, mañana se dirimirá la responsabilidad de la empresa norteamericana por la existencia en Internet de datos personales incluidos en el BOE y algunos artículos periodísticos. Estos datos, años después de ser 'colgados', siguen encontrándose entre los resultados que ofrece el buscador, motivo por el que la AEPD decidió, con su presidente Artemi Rallo al frente, tomar cartas en el asunto. Su exigencia es que no se incluyan en los índices de Google datos públicos sensibles, como los anunciados en el BOE o en otros boletines regionales.
Pero Google no se da por aludida. La compañía se exculpa del uso o publicación de cualquier tipo de dato personal que pueda resultar comprometido para el afectado. Su argumento es simple: los culpables de sacar a la luz esas informaciones delicadas son las páginas webs, no los buscadores que actúan como meros intermediarios entre los internautas y los webmasters.
Según esta teoría, que alegará en su defensa, serían los propios gestores de las páginas los únicos que podrían borrar los datos personales, no Google. En definitiva, la Justicia debe actuar en todo caso sobre el origen del problema -la web- y no sobre el que redirige al usuario de internet -el buscador-.
EFECTO DOMINÓ
El litigio de mañana es solo uno más de los muchos que enfrentan a la Agencia de Protección de Datos y el buscador. Es por ello que un veredicto contra sus intereses podría suponer un verdadero quebradero de cabeza para la omnipresente Google. No solo daría pie a nuevas resoluciones adversas en España sino que podría encender la llama para que las demandas se extendiesen al resto de países de Europa, donde hasta el momento no ha tenido que rendir cuentas contra la Justicia por similares motivos.
En España las desavenencias entre Google y la Agencia de Protección de Datos no son nuevas. Más aún, ambos podrían considerarse ya como viejos enemigos. En octubre del año pasado el organismo que preside Artemi Rallo ya lanzó una primera ofensiva contra la filial española de la empresa norteamericana en forma de la apertura de un procedimiento sancionador.
El motivo fue la captación sin permiso de datos de redes wifi con identificación de sus titulares y otras informaciones delicadas del tipo de correos electrónicos, contraseñas o mensajes a través de los coches encargados de recopilar los contenidos de aplicaciones del buscador como Street View o Google Maps.







