
Según Comas, esta medida favorece la prevención del delito por el hecho de que la pena sea de conocimiento público. Además, cree puede tener efectos sobre el propio condenado, evitando la reincidencia.
Por otro lado, considera que la iniciativa del ayuntamiento extremeño tiene cabida en el ordenamiento jurídico y constitucional "dado que las sentencias son públicas". Asimismo, negó el posible carácter discriminatorio para el condenado, teniendo en cuenta que las decisiones judiciales son de "conocimiento público", especialmente cuando son tratadas por los medios de comunicación.
No obstante, señaló la necesidad de tener en cuenta los datos de prescripción de la condena, para suprimir la sentencia de la página web cuando la pena quede cancelada por el juzgado.
